miércoles, 2 de mayo de 2018

Colegio de Ingenieros del Estado Nueva Esparta



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Colegio de Ingenieros del Estado Nueva Esparta


El Centro de Ingenieros del Estado Nueva Esparta fue fundado el 03 de mayo de 1968, mediante convocatoria de formalización de creación y elección de la primera Junta Directiva, conformada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un vocal. Sus funciones y atribuciones están contempladas en la Ley del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, así como en el Reglamento de la Ley promulgada el 13 de agosto de 1984.
 Es una institución que comparte las funciones del colegio de ingenieros y arquitectos de Venezuela, llevando a cabo el correcto uso del título y ejercicio profesional bajo la ética y los principios 
morales dentro de su jurisdicción. Ubicado en el municipio Arismendi, La Asunción, Avenida Bolívar.

Funciones



• Encargarse de los  asuntos específicos como asesor del Estado
•cuidar los intereses de la colectividad..
•Dictar y aplicar las normas de ética profesional y gremial, sancionando a sus Miembros por violación de las mismas, de las disposiciones del presente Reglamento Interno.

Junta Directiva


     La Junta Directiva es el máximo órgano ejecutivo y administrativo. Está conformada por siete miembros: Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario General y tres Vocales.

Ing. Daniel Gutiérrez – Presidente

Ing. Rene Gutiérrez - Vicepresidente

Ing. Luis Rojas – Tesorero

Ing. José Mendoza – Secretario

Arq. Nairovys Tineo 1° VocalIng.

Sebastián León – 2° Vocal

Arq. Anakarina Mendoza - 3°Vocal

Tiene por funciones




Nombrar las comisiones regionales y auxiliares de los Órganos del Centro y hacer otras designaciones de miembros a las cuales haya lugar.


Conocer y decidir acerca de las solicitudes de registro de Miembros, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno.
Designar al personal de Secretaria y Administrativo necesario para el funcionamiento del centro.
Presentar anualmente a la Asamblea de Centro el “Programa Mínimo de Trabajo”, “El Presupuesto de Ingresos y Gastos”, “La Memoria y Cuenta” y cualquier otro informe que le sea requerido por la Asamblea de Centro o por la Directiva Nacional del Colegio de ingenieros de Venezuela.

Asamblea de centro

Órgano máximo deliberante y autoridad máxima del Centro de  Atribuciones de la Asamblea de Centro de ingenieros del estado nueva Esparta.



a)  Dictar las normas generales de conformidad con el Reglamento Interno del Colegio de Ingenieros y las disposiciones de la Asamblea Nacional que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones y atribuciones del Centro Correspondiente.
b)  Resolver los asuntos planteados que requieran de su intervención.
c)  Designar la Junta Electoral del Centro de acuerdo a las disposiciones del Reglamento Electoral.
d)  Conocer periódicamente de la actuación de la Junta Directiva Regional y considerar su Memoria y Cuenta Anual.
e)  Aprobar el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos.
f)  Elegir de su seno los integrantes de la Mesa Directiva de la Asamblea cuando exista Asamblea de Representantes del Centro.
g)  Designar a la Directiva del Fondo Regional de Previsión Social correspondiente y ejercer las demás atribuciones que le fije el Reglamento correspondiente.


h)  Conocer y decidir sobre los Programas de trabajos y de inversiones, presentados por la junta directiva del Centro y por el Fondo Regional de Previsión Social.

Ocepro
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Objetivo General
Prestación de servicio profesional idóneo y de calidad en cada una de las especialidades.
Objetivos Específicos
1. Supervisar el ejercicio profesional emitiendo un documento denominado “CERTIFICADO DE EJERCICIO PROFESIONAL”.
2. Verificar la inscripción de los profesionales en el CIV.
3. Velar por la condición de solvencia
.4. Constatar que se ejerza la profesión en correspondencia con la formación académica y experiencia profesional.
5. Velar porque los Organismos Nacionales, Estadales, Municipales y el Sector Privado cumplan todo lo relativo al ejercicio profesional en obras, servicios y cualquier actividad relacionada al mismo, bajo la jurisdicción correspondiente.

FONPRES

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Fondo de Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Profesionales Afines, es una institución fundada en 1984 sin fines de lucro, apolítica, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad para realizar todos los actos de naturaleza civil o mercantil necesarios o conducentes al cumplimiento de sus fines. El Plan FONPRES consta de consultas médicas, laboratorio, radiología, servicio funerario, farmacia, odontología, ambulancia y consultas en línea. “Se busca asimismo lo relativo a la prestación del servicio y el enlace con clínicas concertadas. El afiliado tendrá un Plan Básico a bajo costo.
Objetivos
La Fundación tiene por Objeto Fundamental el procurar el bienestar socioeconómico de los miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela y sus Familiares inmediatos, asegurándoles por medios idóneos, protección social frente a las eventualidades derivadas de la incapacidad temporal permanente, parcial o total; de la vejez y de la muerte; para lo cual el fondo creará o patrocinará sistemas, programas o cualesquiera otras actividadeslícitas, encaminadas a facilitar a sus miembros y familiares inmediatos, entre otras.
FUNDECIENE
Para dar cumplimiento a la obligación del Colegio de fomentar y desarrollar actividades e intercambios deportivos entre los agremiados se crea la Fundación deportiva en cada Centro o Seccional, la cual en el caso que corresponde al Estado Nueva Esparta recibe el nombre de FUNDECIENE.

SOITAVE

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La Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE) es una agrupación profesional que de acuerdo con su Acta-Estatuto, tiene los siguientes objetivos sociales:

o   Agrupar y organizar a los Ingenieros, Arquitectos y Profesiones afines, Miembros. Activos del Colegio de Ingenieros de Venezuela, competentes en materia de valuación de bienes, con miras a elevar su nivel técnico y enmarcar sus actividades dentro de la ética profesional propia de sus funciones. De la misma manera, velar por la defensa de sus afiliados en cuanto concierne al ejercicio de esas actividades; tenderá a la vez, a su seguridad social y a lograr la justa ubicación del profesional de la valuación dentro de la dinámica de las estructuras económicas de la nación.

Lusmar Rodriguez





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